domingo, 4 de junio de 2017

CLASIFICACION DEL HOMICIDIO.- TEORIA DEL DELITO.- IEU.



ALUMNO: ERICK CHRISTOPHER BERNAL PONCE
MATRICULA: 79046
GRUPO: CV11
MATERIA: TEORIA DEL DELITO
DOCENTE ASESOR: MTRA. MARÍA DEL ROCÍO GONZÁLEZ RAMOS
TAREA 16
PLAYAS DE ROSARITO, B.C., MÉXICO A 01 DE JUNIO DEL 2017






Introducción.

La privación injustificada de la vida de otra persona es penada a través de la figura del homicidio, el cual puede resultar de diferentes acciones aunque también por la omisión de cuidado o auxilio hacia una persona que necesita asistencia pues se encuentra en peligro de perder la vida, este delito presenta diversas variantes, así tenemos homicidios que aumentan o disminuyen la pena considerando sí se cometen bajo situaciones provechosas para el sujeto activo, o bien determinando la participación tanto del agresor como de la víctima para poder descubrir quién es el provocador y quien el provocado, así como el grado de provocación del delito, además se atienden otras circunstancias subjetivas como el dolo o la culpa que pudiera inferir dicho sujeto activo en la comisión del delito, aunque hay causas justificadoras y de inculpabilidad del delito que pudieran relevar de la responsabilidad al inculpado en su caso, el consentimiento de la víctima para que se le prive de la vida pudiera no ser excluyente del delito, pues antes que todo el Estado protegerá a uno de los bienes jurídicos más importantes (quizás el más importante): la vida.









[1]CLASIFICACION DEL HOMICIDIO

1.- HOMICIDIO SIMPLE DOLOSO: Es el obrar con la intención de privar la vida de otro y sin que medie premeditación, alevosía, ventaja o traición.
A.- HOMICIDIO SIMPLE DOLOSO POR ACTO: Es el delito cometido por medio de un acto positivo o movimiento corporal que produce el resultado material de privar de la vida a otro.
B.- HOMICIDIO SIMPLE DOLOSO POR OMISION: Es el realizar una conducta pasiva por medio de la cual se priva de la vida a otro, resulta del abandono u omisión de auxilio.
       I.        POR OMISION SIMPLE: Consiste en una conducta de no hacer que deriva de la omisión de auxilio o abandono de quienes lo necesiten. Por ejemplo: la omisión de auxilio de un atropellado.
     II.        POR COMISION POR OMISION: Consiste en no brindar asistencia o ayuda a quienes lo necesiten cuando se tiene el deber de hacerlo con motivo de una comisión o encargo especial. Por ejemplo: el no alimentar a un hijo menor de edad.
Código Penal para el Estado de Baja California:
“ARTÍCULO 124.- Punibilidad de homicidio simple.- Al que prive de la vida a otro se le impondrá de ocho a quince años de prisión.”

2.-HOMICIDIOS CALIFICATIVOS ATENUADOS: Figuran como atenuantes del delito de homicidio.
A.- HOMICIDIO EN RIÑA: Es el cometido siempre que resulte de una contienda o agresión física y no de palabra, siempre que se genere de manera espontánea o no planeada entre dos sujetos que se encuentren en igualdad de condiciones. Para la [2]fijación de la pena se tomará en cuenta quien es el provocador y quien el provocado y el grado de tal provocación.
B.- HOMICIDIO EN DUELO: Es el que se comete como resultado de una pelea previo desafío, reto y que contempla una planeación anticipada de la misma, donde las partes conocen las reglas y los medios con los que se enfrentan.
Código Penal para el Estado de Baja California:
“ARTÍCULO 125.- Homicidio en riña.- Al que prive de la vida a otro en riña, se le impondrá de seis a doce años de prisión.-… “

3.- HOMICIDIO-SUICIDIO: Se presenta propiamente como instigación al suicidio, cuando una persona a través de medios psicológicos convence a otra de quitarse la vida, o bien puede presentarse cuando una persona priva de la vida a otro que dio su consentimiento para ello, esto último puede realizarse también haciendo uso de la violencia, lo que puede agravar la pena correspondiente.
Código Penal para el Estado de Baja California:
ARTÍCULO 131.- Tipo y punibilidad.- Al que instigue o ayude a otro para que se prive de la vida, se le impondrá prisión de dos a ocho años, si el suicidio se consumare. Si el suicidio no se consuma, por causas ajenas a la voluntad del que instiga o ayuda, pero se causan lesiones, se le impondrá de uno a seis años de prisión. Si no se causan éstas, la pena será de seis meses a cuatro años de prisión.-…Si la persona a quien se instiga o ayuda al suicidio fuere menor de edad o no tuviere capacidad de comprender la relevancia de su conducta o de determinarse de acuerdo a esa comprensión, la pena aplicable será la correspondiente al homicidio calificado.”

4.- HOMICIDIO CULPOSO: Es aquel que se comete con motivo de la imprudencia, impericia o negligencia de alguien que descuidando un deber produce el resultado típico.

[3]5.- HOMICIDIO CALIFICADO AGRAVADO: Es el homicidio en el que pueden concurrir una o varias circunstancias que por razones especiales agravan dicho delito.
A.- HOMICIDIO CON PREMEDITACION, es aquel que se comete con plena previsión del resultado típico, producto de una planeación meditada y anticipada.
B.- HOMICIDIO CON ALEVOSIA, es aquel que se comete haciendo uso de la acechanza de los actos de a quien se priva de la vida, y que sorprende a la víctima sin darle la oportunidad de rechazar o repeler el ataque que hubiera evitado el deceso ni le da la oportunidad de huir.
C.- HOMICIDIO CON VENTAJA: Se comete cuando intervienen ciertas circunstancias como que el sujeto activo tenía superioridad en fuerza, se encontraba parado y la víctima caída, tenía armas más potentes que dicha víctima o mayor destreza en aquellas, cuando debilita la defensa de la víctima.
D.- HOMICIDIO CON TRAICION: Es el homicidio que se comete aprovechándose el activo de una situación generadora de confianza como lo es la amistad o cercanía haciendo el homicidio algo inesperado e imprevisto por tales circunstancias.
Código Penal para el Estado de Baja California:
“ARTÍCULO 126.- Homicidio calificado.- Se impondrá de veinte a cincuenta años de prisión al responsable de homicidio calificado previsto en el artículo 147.”

6.- HOMICIDIOS EN RELACION DEL PARENTESCO O RELACION: Es el homicidio cometido entre parientes por consanguinidad o por afinidad, siempre que haya conocimiento de la existencia de dichas relaciones.
I.- POR PARENTESCO:
A.- PARRICIDIO: Es el homicidio cometido por un descendiente hacia un ascendiente sea natural o legítimo.
B.- FILICIDIO: Es el homicidio cometido por un ascendiente hacia un descendiente o con quien tenga parentesco consanguíneo en línea recta. Considerada como una ampliación del infanticidio.
[4]C.- FRATRICIDIO: Es el privar de la vida a un hermano.
Código Penal para el Estado de Baja California:
“ARTÍCULO 127.- Parentesco consanguíneo.- Al que dolosamente prive de la vida a cualquier ascendiente o descendiente consanguíneo en línea directa, o a su hermano, con conocimiento de ese parentesco, se le impondrá de veinte a cincuenta años de prisión.”

II.- POR RELACION:
D.- CONYUGICIDIO Y UXORICIDIO: Es la privación de la vida a un cónyuge.
E.- CONYUGICIDIO IMPROPIO: Es la privación de la vida de una mujer a su cónyuge varón
F.- UXORICIDIO: Es la privación de la vida de un cónyuge varón hacia su mujer.
Código Penal para el Estado de Baja California:
“ARTÍCULO 128.- Parentesco no consanguíneo.- Al que dolosamente prive de la vida de su cónyuge, concubinario o concubina, adoptante o adoptado, con conocimiento de ese parentesco o relación, se le impondrá de dieciséis a treinta años de prisión.”

7.- FEMINICIDIO: Consiste en privar de la vida a una o varias mujeres por razones de Genero mencionadas y tipificadas en la legislación penal
Código Penal para el Estado de Baja California:
“ARTÍCULO 129.- FEMINICIDIO… A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá una sanción de veinte a a cincuenta años de prisión, además de una multa de 200 a 500 días de salario mínimo vigente-…Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.”


Conclusión.

El homicidio es uno de los crímenes más graves para el Estado, pues podemos observar en la legislación penal que puede llegar a ser penalizado hasta con cincuenta años de cárcel, además existen circunstancias y condiciones particulares que permiten alcanzar esa pena, como pudieran ser el parentesco consanguíneo en línea recta o por afinidad o relacionado al estado civil, en donde por cuestiones de protección de la familia como institución núcleo de la sociedad el Estado procura su sanción conforme a la Ley, aunque por otro lado tenemos ciertas circunstancias en las que en razón de que la presunta víctima tiene la conciencia de que pudiera provocarse un delito con motivo de su actuación, cuestión que es considerada para atenuar o disminuir la pena al sujeto activo, pero siempre que objetivamente se compruebe el grado y la forma de participación de cada una de las partes que componen a la pareja penal, finalmente existen diversos formas de denominar al delito de homicidio pero de una u otra forma debe ser sancionado este crimen que atenta contra uno de los derechos naturales más importantes para toda sociedad: la vida.






REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS:

Rodriguez, M. A. (2015). LECTURA 10.pdf

H. Congreso del Estado de Baja California Secretaría de Servicios Parlamentarios Coordinación de Editorial y Registro Parlamentario.  (1989). CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.  Recuperado de: http://www.congresobc.gob.mx/Parlamentarias/TomosPDF/Leyes/TOMO_V/Codpenal_07NOV2016.pdf




[1]
“La conducta que produce antijurídicamente la muerte de una persona, cualquiera que sean sus características (edad, sexo, profesión, cultura, raza, condiciones económicas, sociales, etc.), la muerte es causada por un hombre (sujeto activo) y que en muchas de las veces es con el uso de violencia”. Rodríguez, M. A. (2015). LECTURA 10. Pg. 2.
[2] “En el homicidio habrá antijuridicidad cuando al privarse de la vida a otro ser humano, este hecho sea contrario al derecho, esto es, que no esté amparado por una causa de justificación”. Rodríguez, M. A. (2015). LECTURA 10. Pg. 3.
[3]El Código Penal no señala una penalidad específica para el delito de homicidio culposo pero en su artículo 60 se pone de manifiesto que la pena será menor que la del delito de homicidio simple doloso. Rodríguez, M. A. (2015). LECTURA 10. Pg. 8.
[4] “La esencia de la ventaja consiste en una situación de tal superioridad que el agresor no corra ningún riesgo al realizar su conducta delictiva, de manera que la agresión implica casi necesariamente la muerte del pasivo, sin riesgo alguno para el activo, lo cual justifica que esta conducta en condiciones de un total y absoluto desequilibrio, se sanciona con una pena mayor que el homicidio simple intencional”. Rodríguez, M. A. (2015). LECTURA 10. Pg. 8  y 9.

sábado, 27 de mayo de 2017

CUADRO COMPARATIVO Y DIFERENCIAS ENTRE EL PANDILLERISMO Y LA ASOCIACION DELICTIVA.

ALUMNO: ERICK CHRISTOPHER BERNAL PONCE
MATRICULA: 79046
GRUPO: CV11
MATERIA: TEORIA DEL DELITO
DOCENTE ASESOR: MTRA. MARÍA DEL ROCÍO GONZÁLEZ RAMOS
TAREA 14
PLAYAS DE ROSARITO, B.C., MÉXICO A 24 DE MAYO DEL 2017








Introducción.

Existen diversas formas de participación en el delito, la asociación delictuosa es una de ellas e incluso el pertenecer a una asociación de tal carácter constituye una conducta delictiva, a diferencia de la figura del pandillerismo que suele considerarse como una reunión que no persigue un fin común de manera permanente sino que por medio de actos que no requiere ni presumen una preparación exhaustiva para cometer un delito, algunas personas se reúnen ocasionalmente para cometer actos de violencia y crueldad contra las personas con el fin de cometer ilícitos menores o delitos como daño en propiedad ajena, hurtos, riñas callejeras, etc., por lo que no deben de confundirse los términos, ni mucho menos con la muchedumbre que en masa comete delitos en los que se ven involucradas personas de diferentes razas, culturas, edades.
















[1]PANDILLERISMO
El pandillerismo es la reunión ocasional de personas que sin tener un objetivo de delinquir de manera permanente comete ilícitos y delitos no considerados como graves, y que por lo regular comparten un sentido de pertenencia, aquí podemos englobar a las bandas que muestran conductas desviadas.
Suelen cometer delitos no graves o enfocados a la cuestión patrimonial: hurtos, robos, daño en propiedad ajena, allanamiento de morada, etc.

ASOCIACION DELICTUOSA
Es toda una organización de tres o más personas que comparte un fin que es la comisión de uno o varios delitos que se consideran graves y que los cometen de manera permanente o con motivo de su forma de vida antisocial.
Los delitos que pudieran cometer serían: homicidios, trata de personas, narcotráfico, fraudes grandes, etc.


DIFERENCIAS ENTRE EL PANDILLERISMO Y LA ASOCIACION DELICTUOSA
PANDILLERISMO
ASOCIACION DELICTUOSA
Reunión ocasional.
Unión permanente.
Sin un fin específico.
Fin específico de delinquir (lucro).
Grupo sin elementos jerárquicos (por lo regular solo existe un jefe de la banda).
Organización (estructura sólida y jerarquía delimitada).
Cometen delitos menores como: Hurtos, daño en propiedad ajena.
Cometen delitos graves como: trata de personas, fraudes masivos, narcotráfico, homicidios múltiples.
La pertenencia a tales grupos no constituye en sí un delito.
La simple pertenencia a una asociación delictuosa constituye un delito.
Estrato social bajo por lo regular.
Si un estrato social específico.

Asociaciones delictuosas y pandillerismo.

El Código Penal Federal establece:
“Artículo 164.- Al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir, se le impondrá prisión de cinco a diez años y de cien a trescientos días multa.
“Artículo 164 Bis.- Cuando se cometa algún delito por pandilla, se aplicará a los que intervengan en su comisión, hasta una mitad más de las penas que les correspondan por el o los delitos cometidos. Se entiende por pandilla, para los efectos de esta disposición, la reunión habitual, ocasional o transitoria, de tres o más personas que sin estar organizadas con fines delictuosos, cometen en común algún delito.”















Conclusión.

La línea que divide la asociación delictuosa del pandillerismo es grande, puesto que en la primera existe una verdadera organización cuyos miembros comparten un fin determinado que es cometer delitos por lo regular graves y que transgreden los bienes jurídicos más valiosos en la sociedad, mientras que el pandillerismo no es una actividad rutinaria de delito, sino que el delito se forma de una idea casual en donde sin llegar a tener ese fin de delinquir se atropellan algunos bienes jurídicos en la sociedad.






















BIBLIOGRAFIA:

Ortiz Pascual. (1931). CÓDIGO PENAL FEDERAL. [Documento en línea]. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_070417.pdf


LECTURA 8.pdf. [2017, mayo 24]





[1]Las Asociaciones delictuosas son grupos integrados por 3 o más personas organizadas para delinquir, son asociaciones ilícitas y solo el hecho de formar parte de ellas se considera un delito.” IEU. (2017). Pg. 9

sábado, 13 de mayo de 2017

CONCEPTO DE DELITO Y CRITICA.- TEORIA DEL DELITO.- MTRA. MARÍA DEL ROCIÓ GONZÁLEZ RAMOS

ALUMNO: ERICK CHRISTOPHER BERNAL PONCE
MATRICULA: 79046
GRUPO: CV11
MATERIA: TEORIA DEL DELITO
DOCENTE ASESOR: MTRA. MARÍA DEL ROCIÓ GONZÁLEZ RAMOS
TAREA 1
PLAYAS DE ROSARITO, B.C., MÉXICO A 11 DE MAYO DEL 2017







CONCEPTO DE DELITO Y CRITICA.

El Delito como ente jurídico ha sido objeto de diversos cuestionamientos y acepciones, al igual que sus elementos discutidos conforme a la Teoría del delito, que si bien es creado en base a una realidad establecida por la experiencia fáctica, no es sino una respuesta y creación del hombre a fin de regular las diversas relaciones entre seres humanos dotados de conciencia y voluntad de sus actos, pues de otra forma las conductas moral y socialmente inadecuadas resultarían tácitamente aceptadas, pues lo que no está prohibido está permitido, lo cual representaría un gran peligro para la sociedad, pues no existiría un mecanismo coercitivo para detener dichas conductas y por lo tanto no habría un orden social.

El delito es la figura jurídica creada por el Estado como respuesta al fenómeno social de la delincuencia por la cual se sancionan actos positivos o negativos externamente realizados y que son prohibidos por las leyes penales respectivas por constituir infracciones a los bienes jurídicos tutelados por dichas leyes.
El delito es una figura creada por el Derecho por lo que si bien el conjunto de conductas antisociales o desviadas son un hecho (ente de hecho) se requiere de un ente de derecho que pueda accionar como mecanismo estatal castigador de tales conductas.
A pesar de que el Código Penal Federal contempla actualmente una definición de delito expresándolo en términos textuales de la siguiente manera: “…Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales.-…”, es la Teoría del delito quien a través de juristas o “científicos del derecho” integran un concepto amplio del mismo, conformado por elementos y características provenientes de diversas corrientes y escuelas, como por ejemplo la doctrina causalista y finalista que dan enfoques diferentes respecto a los elementos integradores del delito.


Por su parte Muñoz Conde y García nos expresa que la Dogmática jurídica-penal reconoce al delito en relación a:
1.- El delito como juicio de desvalorización de la conducta ilegal. (antijuricidad)
2.- El delito como juicio sobre el autor del delito (imputabilidad).
Por último, Francisco Carrara nos expresa que el delito es la infracción de la ley del estado, promulgada para proteger la seguridad de la ciudadanía, derivada de un acto externo del hombre (positivo o negativo) moralmente imputable y políticamente dañoso.

En conclusión se puede representar al delito como un mecanismo de orden social creado por el estado para proteger a la ciudadanía de las conductas antisociales socialmente consideradas como graves en virtud de que violan o agreden a los bienes jurídicos que el Derecho Penal cataloga como importantes para la sociedad, y que requiere como presupuesto una conducta que independientemente de su contenido o finalidad reúna elementos como la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad para que pueda ejercerse punibilidad por las autoridades competentes en virtud de haber reunido los elementos para su sanción correspondiente conforme a las leyes respectivas.




















BIBLIOGRAFIA:

LECTURA 1 (1). pdf [2017, mayo 12]

Ortiz Pascual. (1931). CÓDIGO PENAL FEDERAL. [Documento en línea]. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_070417.pdf

Dr. Enrique Diaz Aranda. (Dr. Instituto de Investigaciones jurídicas de la UNAM).(2016). Video 1 Delito, comentario. [video]. 

martes, 17 de abril de 2012

ensayo...



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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA

FACULTAD DE DERECHO

MATERIA
Introduccion al Sistema Legal Estaunidense

TEMA
Guia sobre los procesos penales en los Estados Unidos

MAESTRO
Lic. Francisco Javier Juarez Torres

ALUMNO
Bernal Ponce Erick Christopher

GRUPO
144



18 de abril de 2012
Los delitos pueden ser perseguidos en EU ,ya sea por el estado o por el gobierno federal, de ello va a depender del tipo de delito que se cometa y dentro de que delimitaciones se ejecuta , así bien ,delitos como robo,asaltos,agresiones y todo aquel delito que agreda a una persona en su individualidad  y con la condición de que se ejecute en dicho estado seria de competencia estatal ,siendo del alcance federal todos los delitos en especial graves como fraudes a gran escala y delitos financieros, los relacionados con el crimen organizado y el narcotráfico , que afecten ya a una colectividad , así cada estado se limita a actuar dentro de s delimitación territorial.
Por otro lado tenemos que la oficina de asuntos internacionales de la división de delitos del departamento de justicia de los estados unidos tiene a su cargo las extradiciones internacionales y deben asistir jurídicamente en cuanto lo internacional; bien tenemos que existirá un juez, si, pero se limitara  a dar ordenes de cateo, de incautación o de arresto, pues los fiscales, policías, investigadores  y demás son parte del ejecutivo y no del judicial como en el caso de México. Asítenemos también que al acusado se le deben respetar ciertos derechos como el de interrogar a los que lo acusan del por que lo hacen, también no se le obligará a prestar testimonio en su contra y otros mas.
El privilegio de autoincriminación se da cuando se tiene ya una acusación formal, ya no es necesario adiciones para demostrarle causa probable a alguien, la causa probable se da cuando se tienen ya su suficientes pruebas para demostrársele culpable a alguien, se dice que hay 94 cortes de distrito y 93 fiscales estadunidenses , en los casos penales se atenderán en el tribunal de distrito donde se de su área geográfica , en cuanto a los jueces , hay dos niveles, los 1eros son los jueces de distrito y los 2dos son los magistrados, pero por lo general los jueces de distrito son los que dirigen los juicios y en algunos casos dan competencia a los magistrados para que actúen, por ejemplo en los estados.
En el segundo nivel del poder judicial se tienen 13 cortes de apelación de circuito (refiriéndose al área geográfica), de los cuales tres oirán los argumentos de las partes defensoras, pero habrá casos en los que los demás miembros del jurado de acusación deban revisar la aplicación, pero es necesario que el acusado no comparezca ante este jurado, entonces esta corte emitirá su decisión que por lo general lo hace de manera escrita para posteriormente publicarla.
 En cuanto a la entrada de pruebas necesarias para seguir en juicio a un acusado es necesario que el investigador entregue pruebas al subfiscal para revisarlas y si en su caso son consideradas suficientes pero este se le entregan al jurado de acusación para que realice una acusación formal donde se da a entender la causa probable, sino la acepta el subfiscal, el investigador prosigue con su investigación.
Este jurado de acusación esta integrado por 16 a 23 ciudadanos, de los cuales se ocupan 12 ciudadanos como mínimo para que hay mayoría de votación para que se formule esa acusación formal, en la discusión de este jurado sobre el acusado no deben de encontrarse en la sala los fiscales, investigadores, etc. Aquí ningún fiscal o miembro del jurado de acusación puede hablar públicamente de lo discutido siendo este de carácter confidencial. La decisión no significa la culpabilidad del acusado sino que se le tiene toda causa probable en su contra por lo tanto el acusado tiene la libertad de brincar, pero será acusado en un documento llamadoinformación, en cuanto a los testigos del jurado cabría la posibilidad de que se les requiera en juicio, o cuando sea necesario por el derecho de careo que tiene el acusado para interrogar el porqué de los cargos en su contra.
Asíbien tenemos un arresto que se da por 2 formas: por simple denuncia que demuestre causa probable o por el proceso de acusación formal, cuando no se  tengan la determinación suficiente para demostrar su culpabilidad, el arresto no significa que el acusado sea culpable sino que solo es la orden que se da donde se especifica el o los delitos que se le imputan y para su detención, el documento acusatorio es el documento por el cual se le acusa formalmente a una persona, de ciertos delitos presuntos, puede ser una denuncia y ya arrestado , el juez determinara si lo encarcela o lo libera de acuerdo a su decisión.
Un acusado tiene derecho a que se le siga por juicio en jurado en delitos que pasen de un año de privación de la libertad pero también puede negarlo, así seguiremos obteniendo la acusación formal o los procesos de acuerdo a las pruebas dadas. Aquí solo el juez puede dictar sentencia. El fiscal puede hacer una declinación de la acusación es decir puede atenuar o de plano liberar al acusado si este realiza ciertas acciones como cuando este comete delitos menores que se puedan pagar con completar un programa para la reparación de daños a la victima o puede desviar aquellos que no sean delitos graves.
En cuanto a la declaración de culpabilidad, se tiene el  PleaBargain  que es cuando se negocia sobre esta declaración entre el abogado defensor en representación del acusado y el fiscal, donde el acusado podría librarse a cambio de ciertas acciones del fiscal: la declaración de culpabilidad se da frente el juez quien mencionara sus derechos de declararse inocente al acusado  le dirá las consecuencias de esa declaración de culpabilidad pudiendo favorecer con la declaración de culpabilidad de otros delincuentes mas peligroso , lo cual es una tarea muy difícil para fiscales, para ello se tiene algo llamado concesiones de inmunidad que permite que los acusados testifiquen en contra de personas conocidas como miembros de la delincuencia organizada, sin que haya efectos en contra de dicho testificador, pero debido al privilegio en contra de la autoincriminación pueden los testigos abstenerse de testificar de cosas importantes para el juicio ,por eso es usada la inmunidad de uso para que se les obligue a testificar pero sin repercusión para ellos.
    En cuanto a la competencia se debe de acreditar que los abogados hayan cursado sus 4 años de universidad y mas de 3 años para Doctor Juris y así formar parte de alguna corte de apelación de circuito o que tengan su profesión como abogados independientes, defensores o bien ser jueces que se podrían seleccionar de entre fiscales, abogados, etc. , donde se les podrá dar capacitación previa para que desempeñen de la mejo manera su profesión, teniendo como título, después del nombre del abogado el de esquire en carácter informal y counsel en su carácter formal.

domingo, 11 de marzo de 2012

ensayo comparativo sobre el sistema electoral estaunidense y el sistema electoral mexicano


UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA


FACULTAD DE DERECHO


MATERIA

Introduccion al Sistema Legal Estaunidense


TEMA
Ensayo comparativo sobre el sistema electoral estaunidense y el sistema electoral mexicano.


MAESTRO

Lic. Francisco Javier Juarez Torres


ALUMNO
                                              Bernal Ponce Erick Christopher


GRUPO

144 

12 de Marzo de 2012

En este ensayo se hara una comparacion entre dos naciones muy cercana actualmente, los estados unidos mexicanos y los estados unidos de america, bien se puede decir que ambos tienen similitudes y diferencias, entre ellas encontramos sus formas de elecciones de sus representantes, se dice que en estados unidos se tiene una republica constitucional, presidencial y federal, asi pues se dice que tiene una fprma de gobierno que tiende al presidencialismo, esto es que tiene un presidente,y a su vez estados unidos se rige por su constitucion de los estados unidos, el cual se formo en un principio por sus 13 colonias que tenian su forma de gobierno interno pero entonces estos se fueron uniendo refiriendose a la estructura federal pues los estados son autonomos pero a su vez estan unidos como federacion, mexico por otro lado es una republica representativa, democratica y federal, donde tenemos una constitucion la cual ha sido pulida y reformada para quedar como actualmente se encuentra donde nos garantiza nuestros derechos humanos y la conformacion del poder publico, a si bien tenemos, que una similitud entre el sistema de Mexico y el estaunidense es que en ambos se tiene una division de poderes , es decir el poder ejecutivo, legislativo y judicial, y operan a su vez en mismos niveles de gobierno: federal, estatal y local, en cuanto a las elecciones tenemos que en Mexico estas se realizan de manera directa:los ciudadanos eligen a sus representantes por votacion en las urnas para elegir a su presidente de Mexico , mientras que en Estados Unidos, se elige de manera indirecta, a traves de electores que que son personas delegadas por cada estado para que elijan en las elecciones generales al presidente de los EUA, se tiene bien que existen dos tipos de elecciones en Estados Unidos: las elecciones primarias o caucus donde se elige por votacion a ciertos electores para que representen a un partido, remarcando que en todo el pais se tienen 538 votos divididos en los 50 estados y el distrito de Columbia,asi que si un partido gana los 270 votos el candidato de ese partido se alza a la presidencia, en Mexico, contamos con 31 entidades federativas y un distrito federal, las elecciones que tenemos son las ordinarias y las extraordinarias cuando por ciertas razones se suspenden las primeras, en cuanto a la forma de gobierno en Mexico tenemos que el poder ejecutivo se deposita en un presidente de los Estados Unidos Mexicanos ,y no acepta la figura de vicepresidente a diferencia de Estados Unidos ,el presidente en Mexico es elegido directamente cada 6 anos mientras que en Estados Unidos las elecciones son cada cuatro anos igual que el vicepresidente, en Mexico se deben de reunir mas requisitos que en Estados Unidos como ser ciudadano mexicano de nacimiento ,no pertenecer al estado del clero, y otros mas y en los requisitos para ser candidato a la presidencia en EU es haber residido por un periodo de 14 anos como minimo en territorio nacional,entre otros y una similitud que encontramos son las edades para ser candidato a la presidencai es decir de 35 anos de edad para ambas naciones, en cuanto al poder legislativo encontramos que en estados unidos se tiene al igual que en Mexico un congreso bicameral , se tienen la camara de representantes y el senado que trabajan de manera autonoma ,en la camara de representantes se cuentan con 435 miembros que se eligen cada dos anos(el numero de representantes varia entre cada estado) al igual que una tercera parte de los 100 miembros del senado que operan bajo un periodo escalonado de 6 anos,remalcando en esto cada estado cuenta con dos senadores, en Mexico contamos con un congreso de la union que esta dividido en dos camaras una de senadores y otra de diputados, se cuentan con 128 miembros del senado que  tambien tienen un encargo de 6 anos , mientras que en la camara de diputados se cuentan con 500 miembros de esta camara, 300 son elegidos por mayoria relativa(mayoria de votacion) y los otros 200 por representacion proporcional, para servir para un periodo de tres anos .En cuanto a los partidos politicos, se tiene que en EU  cuenta con un sistema bipartidista:se tienen a los republicanos y los democratas , unos del extremo derecho y otros del izquierdo, mientras que en Mexico pues tenemos un sistema multipartidista es decir contamos con una gran cantidad de partidos politicos como el PRI, PRD, PAN,etc. Lo que hace mas compleja la toma de decisiones y mas teniendo muchas propuestas de parte de estos, refiriendonos un poco a los cargos publicos tocados con anterioridad, se dice que en EU existe la figura de la reeleccion ilimitada para todos los cargos publicos a excepcion del presidente que solo se puede reelegir una sola ocasion, mientras que en Mexico no se acepta esa figura en ninguno de sus cargos publicos,en cuanto al poder publico tenemos que en Mexico se encuentra este poder en la Suprema Corte de Justicia de la Nacion y tambien se tiene un tribunal electoral,tribunal  de colgiados,juzgados de distrito y juzgados de paz, en donde cada entidad federativa cuenta con un tribunal superior de justicia en donde se deposita  el poder judicial y hablando del poder ejecutivo nuevamente,en Mexico se deposita a nivel federal en el presidente de Mexico, a nivel estatal en gobernadores y en el df contamos con un jefe de estado y una asamblea legislativa.



En si, el sistema electoral estaunidense y el sistema electoral mexicano tienen muchas similitudes y diferencias, pero lo mas importante es respetar la democracia que tanto se menciona, aunque viendolo bien y haciendo una comparacion, me atrevo a decir que la democracia en Estados Unidos es mas respetada que aqui en Mexico en donde hay un ambiente turbio en cuanto a las elecciones , donde por lo visto en la actualidad no se respeta esa democracia que tanto queremos, sino que con anhelo de llegar al pinaculo de la victoria, los candidatos a la presidencia tratan de violar las reglas , refiriendonos a la corrupcion , donde la mayor parte de la ciudadania han perdido las esperanzas de obtener tan deseados cambios para bien, solo oimos propuestas y recibimos regalitos de parte de estos,y donde mucha gente a veces confundida e indesisa por quien votar se van con el que mas habla, pero no nos damos cuenta que esto se trata de mas accion y menos hablada,ademas por un lado esta muy bien ese sistema de los estados unidos pues las elecciones se hacen mas cortas es decir el tiempo de permanencia de los que tienen el encargo publico es relativamente corto por lo que en caso de que no haya un buen gobierno de estos no se tiene que esperar mucho tiempo para que se puedan elegir nuevos candidatos con mejores propuestas y a su vez el no soportar malos gobiernos como los que se ha tenido en mexico,y en caso de que el presidente haya sido bueno hay posibilidad de reelecion asi que no se hace muy tediosa esta situacion.En los EU el vicepresidente es el presidente del senado, en caso de que ningun estado reuna los votos minimos para la eleccion del candidato a la presidencia, sera la camara de representantes la que elija quien es el ganador de entre los tres candidatos que hayan obtenido mas votos en el colegio electoral.

En EU se menciona en la constitucion de los Estados Unidos que la edad minima para elegir es 18 anos aunque anteriormente se decia que la edad minima era 21 anos , en Mexico la edad con la que se debe contar para ejercer el derecho de voto es de 18 anos, aunque a diferencia del voto en mexico, el ejercicio de este en EU es voluntario, es decir la constitucion lo expresa como tal, mientras que la de nosotros los mexicanos lo establece como una obligacion(aunque a veces no se cumpla como tal ,y otra similitud encontrada es que en ambos casos se deben de registrar los ciudadanos para ejercer el derecho de voto.

domingo, 7 de junio de 2009

p.22 edicion de objetos

abrir word
1ir al menu insertar -imagen prediseñada
2seleccionar la imagen
3crear un poema y lo pego sobre la imagen
4dar click sobre la imagen
5y del cuado de dialogo selecciono el icono de perrito y escoger
6detras del texto
7despues doy click sobre la imagen
8y del cuadro de dialogo selecciono el icono de recortar e ir modificando la imagen
9luego selecciono el icono de mover y la muevo al gusto
10despues voy a la barra de dibujo y selecciono 3 autoformas
11del doy boton derecho e ira formato de la autoforma
12clik en pestaña color-efectos de relleno
13enseguida doy click en la autoforma +ctrl y sin soltar arrastra cada una de ellas
14finalmente añadir texto a cada uno con click derecho insertar texto.

aplicaciones:la practica sirve para hacer poemas con un fondo bonito , sirve para saber como cortar una o mas partes de una imagen, y poder colocarla del modo que sea , tambien para la elaboracion de autoformas y como darle formato.

lunes, 1 de junio de 2009

p.21 tipos de archivo

pasos:

1en internet ,realizar una investigacion acerca de los difernetes ttipos de archivos copialo y pegalo en word
2el texto debe de contener indice y tablas de contenido en el menu insertar-referencia -tablas de contenido
3que este justificado,iendo al parrafo y justificar
4los titulos de subtemas estaran a tamaño 14
y el texto en si de 12
5ir a ver-encabezado y pie de pag. y luego en encabezado poner el titulo y en pie de pag. la fecha o n0 de pag.
6que tenga doble interlineado en parrafo y doble interlineado


Tipos de archivo_ 1

Archivo_ 1

Tipos de archivo_ 1

Archivo de video_ 1

Los archivos: tipos, extensiones y programas para su usoVÍDEO_ 2

IMÁGENES_ 6

Archivo de animación_ 8

Tipos de archivo

Archivo

Conjunto de documentos sean cuales sean su fecha, su forma y su soporte material, producidos o recibidos por toda persona física o moral, y por todo servicios u organismo público o privado, en el ejercicio de su actividad, y son, ya conservados por sus creadores o por sus sucesores para sus propia necesidades, ya transmitidos a la institución de archivos competente en razón de su valor archivístico.

Tipos de archivo

Archivo de video

Los archivos de video estan grabados en formato .avi (Video for Windows), en .mpg (MPEG) o en .rm (RealVideo), para poder verlos se necesita el Media player (incluido dentro de Windows) o el ActiveMovie. Además algunos pueden estar comprimidos con PKZIP (para reducir su tamaño). Para poder descomprimirlos se necesita utilitarios de descompresión como el PKUNZIP o el WinZip. El visor de archivos .rm es el RealVideo

.

Los archivos: tipos, extensiones y programas para su usoVÍDEO

Los formatos de video no sólo continen imágenes sino también el sonido que las acompaña. Es bastante habitual que al intentar visualizar un vídeo no podamos ver la imagen aunque sí oigamos el sonido. Esto es debido al formato de compresión utilizado en ellos que puede no ser reconocido por nuestro ordenador, por ello siempre se ha de tener actualizados los codecs de cada uno de los formatos.


ASF --> Windows Media
AVI(*)--> BSPlayer
BIK --> RAD Video Tools
DIV --> DivX Player
DIVX --> DivX Player
DVD --> PowerDVD
IVF --> Indeo
M1V --> (mpeg)
MOV(*) --> QuickTime
MOVIE --> (mov)
MP2V --> (mpeg)
MP4 --> (MPEG-4)
MPA --> (mpeg)
MPE --> (mpeg)
MPEG(*) --> (mpeg)
MPG --> (mpeg)
MPV2 --> (mpeg)
QT --> QuickTime
QTL --> QuickTime
RPM --> RealPlayer
SMK --> RAD Video Tools
WM --> Windows Media
WMV --> Windows Media
WOB --> PowerDVD

-- AVI: El formato de video más extendido en Internet es el AVI. Calidad y tamaño son sus mayores valedores ante el público.

-- MOV: Es el formato standard de video de Macintosh y es altamente utilizado en vídeos para reproducir en páginas web (trailers, publicidad...).

-- MPEG: siglas de "Moving Pictures Experts Group" también se encuentra como MPG


COMPRIMIDOS

Los formatos de compresión son de gran utilidad a la hora del almacenamiento de información ya que hacen que esta ocupe el menor espacio posible y que se puedan reunir muchos ficheros en uno sólo.

ACE --> WinACE
ARJ --> WinARJ
BZ --> IZarc / WinRAR
BZ2 --> IZarc / WinRAR
CAB --> CAB Station
GZ --> IZarc / WinRAR
HA --> IZarc / WinRAR
ISO --> WinRAR
LHA --> IZarc / WinRAR
LZH --> IZarc / WinRAR
R00 --> WinRAR
R01 --> WinRAR
R02 --> WinRAR
R03 --> WinRAR
R0... --> WinRAR
RAR(*) --> WinRAR
TAR --> IZarc / WinRAR
TBZ --> IZarc / WinRAR
TBZ2 --> WinRAR
TGZ --> IZarc / WinRAR
UU --> WinCode / WinRAR
UUE --> IZarc / WinRAR
XXE --> IZarc / WinRAR
ZIP(*) --> WinZIP
ZOO --> IZarc

AUDIO

Los archivos de audio son todos los que contienen sonidos (no solo música). Las diferentes extensiones atienden al formato de compresión utilizado para convertir el sonido real en digital.

669 --> Winamp
AIF --> Winamp
AIFC --> Formato AIFF
AIFF --> Winamp
AMF --> Winamp
ASF --> Windows Media
AU --> Winamp
AUDIOCD --> AudioCD
CDA --> Winamp
CDDA --> AIFF Audio
FAR --> Winamp
IT --> Winamp
ITZ --> Winamp
LWV --> Microsoft Linguistically Enhanced Sound File
MID --> Winamp
MIDI --> Winamp
MIZ --> Winamp
MP1 --> Winamp
MP2 --> Winamp
MP3(*)--> Winamp
MTM --> Winamp
OGG(*)--> Winamp
OGM --> (Ogg)
OKT --> Winamp
RA --> Real Audio
RMI --> Winamp
SND --> Winamp
STM --> Winamp
STZ --> Winamp
ULT --> Winamp
VOC --> Winamp
WAV --> Winamp
WAX --> Acceso directo de audio de Windows Media
WM --> Windows Media
WMA --> Winamp
WMV --> Windows Media
XM --> Winamp
XMZ --> Winamp

-- MP3: Hoy por hoy es el formato más extendido para la compresión de música en Internet. Su alta calidad lograda en su pequeño tamaño lo hace el favorito de la mayoría de los usuarios para comprimir su música y compartirla en red.

-- OGG: Este formato es totalmente abierto y libre de patentes. Tan profesional y de calidad como cualquier otro pero con todos los valores del movimiento Open Source.

IMÁGENES

Poco hay que decir de las imágenes y de sus formatos salvo que cada uno de ellos utiliza un método de representación y que algunos ofrecen mayor calidad que otros. También cabe destacar que muchos programas de edición gráfica utilizan sus propios formatos de trabajo con imágenes.


AIS --> ACDSee Secuencias de imagen
BMP(*)--> XnView / ACDSee
BW --> XnView / ACDSee
CDR --> CorelDRAW Grafico
CDT --> CorelDRAW Grafico
CGM --> CorelDRAW Grafico
CMX --> CorelDRAW Exchange Graphic
CPT --> Corel PHOTO-PAINT
DCX --> XnView / ACDSee
DIB --> XnView / ACDSee
EMF --> XnView / ACDSee
GBR --> The Gimp
GIF(*) --> XnView / ACDSee
GIH --> The Gimp
ICO --> Icono
IFF --> XnView / ACDSee
ILBM --> XnView / ACDSee
JFIF --> XnView / ACDSee
JIF --> XnView / ACDSee
JPE --> XnView / ACDSee
JPEG(*)--> XnView / ACDSee
JPG --> XnView / ACDSee
KDC --> XnView / ACDSee
LBM --> XnView / ACDSee
MAC --> MacPaint
PAT --> The Gimp
PCD --> XnView / ACDSee
PCT --> PICT
PCX --> XnView / ACDSee
PIC --> XnView / ACDSee
PICT --> PICT
PNG --> XnView / ACDSee
PNTG --> MacPaint
PIX --> XnView / ACDSee
PSD --> Adobe Photoshop
PSP --> Paint Shop Pro
QTI --> QuickTime
QTIF --> QuickTime
RGB --> XnView / ACDSee
RGBA --> XnView / ACDSee
RIF --> Painter
RLE --> XnView / ACDSee
SGI --> XnView / ACDSee
TGA --> XnView / ACDSee
TIF --> XnView / ACDSee
TIFF --> XnView / ACDSee
WMF --> XnView / ACDSee
XCF --> The Gimp

-- BMP: Extensión que nace del nombre de este formato BitMaP o Mapa de Bits, gran calidad pero tamaño excesivo no suele ser muy utilizado en Internet por su carga lenta.

-- JPEG: También se le ve como JPE y sobre todo como JPG es uno de los más extendidos, por su compresión y calidad, en páginas webs para logotipos y cabeceras.

-- GIF: Este formato cuenta con características que lo hacen ideal para el uso en páginas web, como es la posibilidad de darle un fondo trasparente o insertarle movimiento.

Archivo de animación

La mayoría de los programas tienen formatos de archivo propios para utilizarlos en distintas funciones. Al ser bastante habituales algunos de ellos, detallamos los más importantes aquí.


OPENOFFICE

SDA --> Dibujo
SDC --> Hoja de cálculo
SDD --> Presentación
SDS --> Diagrama
SDW --> Texto
SFS --> Frame
SGL --> Documento maestro
SMD --> Mail Document
SMF --> Fórmula
STC --> Plantilla de hoja de cálculo
STD --> Plantilla de dibujo
STI --> Plantilla de presentación
STW --> Plantilla de texto
SXC --> Hoja de cálculo
SXD --> Dibujo
SXG --> Documento maestro
SXI --> Presentación
SXM --> Fórmula
SXW --> Texto
VOR --> Plantilla

QUICKTIME

QPX --> Player Plugin
QTP --> Preferences
QTS --> QuickTime
QTX --> Extension
QUP --> Update Package

POWERPOINT

POT --> Plantilla
POTHTML --> Plantilla HTML
PPA --> Complemento
PPS --> Presentación
PPT --> Presentación
PPTHTML --> Documento HTML

La mayoría de los programas tienen formatos de archivo propios para utilizarlos en distintas funciones. Al ser bastante habituales algunos de ellos, detallamos los más importantes aquí.


bibliografia
http://www.hispazone.com/Articulo/91/Los-archivos:-tipos--extensiones-y-programas-para-su-uso.html




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